Instalación y Legalización de Rótulos Publicitarios en Locales Comerciales

En mayor o menor grado de necesidad, un rótulo identificativo es importante para iniciar un negocio de cualquier tipo. Para los locales comerciales destinados al comercio, a servicios o a restauración, es imprescindible darse a conocer y captar la atención de los transeúntes.

Para regular todo este despliegue publicitario que se realiza en nuestras calles, los Ayuntamientos disponen de Ordenanzas que regulan las condiciones técnicas que deben cumplir los rótulos identificativos de los locales.

Es habitual legalizar el rótulo, y su implantación, conjuntamente con las obras de adecuación del local, sin embargo, los hay que no están legalizados, y es cada vez más frecuente que los ayuntamientos requieran la adecuación a lo establecido en la normativa, si es necesario, y la posterior legalización.

En OFIPROJET os ofrecemos nuestra experiencia en la legalización de estos elementos, con rapidez y eficacia.

Algunas legalizaciones recientes que hemos realizado son:

Macson

 

Maisons du Monde

Coviran

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Obra nueva: finalizados los proyectos y legalizaciones de un edificio de viviendas con parking en Cerdanyola del Vallès

Hemos finalizado los proyectos de calle Ample 43-49: el proyecto eléctrico del edificio, de climatización de las viviendas, de energía solar para el suministro de agua caliente y la legalización del aparcamiento de 100 vehículos que completa el conjunto, y al que se accede desde Pasaje Ma. LLuïsa. Seguimos con los otros dos edificios de viviendas del Pasaje Ma. LLuïsa 56-62 de Cerdanyola del Vallés.

¿Tenemos todas las instalaciones legalizadas?

En la actualidad, todos los agentes que intervienen en el sector de la promoción de edificios o establecimiento de nuevos negocios tienen clara la necesidad de legalizar las nuevas instalaciones o sus reformas.

También las compañías suministradoras exigen un justificante de legalización de las instalaciones como condición previa a la contratación de los suministros.

Hace unos años el marco legal no era tan exigente y es por eso que pueden haber instalaciones que, estando en funcionamiento, no dispongan de toda la documentación necesaria para considerarlas convenientemente legalizadas.

De esta manera, y es sólo un ejemplo, TODAS las instalaciones eléctricas deben de poder justificar su legalización o inscripción.

La dirección general de energía, minas y seguridad industrial hace años que trabaja en la inscripción de instalaciones receptoras de energía eléctrica existentes sometidas a régimen de inspección periódica. Esto es aplicable a comunidades de edificios de viviendas de potencia > 100 kW, industrias, locales de pública concurrencia, locales con riesgo de incendio (incluidos aparcamientos de más de 25 plazas, …)

En Julio de ese mismo año publicó la instrucción 9/2012 en la que establece las normas de aplicación para la inscripción de estas instalaciones.

Todo este tema es interesante porque se han de alcanzar los mínimos de seguridad establecidos en el actual reglamento, o los que establecía el reglamento en vigor en el momento de su inscripción. Esto es de gran importancia ya que en caso de un siniestro las aseguradoras podrían no responsabilizarse de los daños resultantes.

En OFIPROJET tenemos una amplia experiencia en la implantación de nuevas instalaciones o modificación de las ya existentes. Echa un vistazo a la página de nuestros servicios para más información.

Cómo elegir una nave industrial (II): Requerimientos en la protección contra incendios

Uno de los aspectos más importantes a valorar en el momento de iniciar una actividad, son las condiciones que debe cumplir el establecimiento respecto a la protección contra incendios.

En las naves industriales en particular, los requerimientos los impone el RSCIEI, Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales.

El RSCIEI contempla 5 tipos de configuración de los establecimientos industriales, identificados por las letras A B C D E.

Estas configuraciones hacen referencia a la mayor o menor facilidad de propagación de un incendio respecto de los establecimientos industriales contiguos, siendo los establecimientos de tipo A los que permiten una más fácil propagación del incendio y los de tipo E los que ofrecen una mayor resistencia.

¿Cómo clasificar la nave industrial?

– Establecimientos industriales de tipo A

Son los que ocupan parcialmente un edificio. Las configuraciones posibles son en vertical y en horizontal.

Tipo A vertical: son los edificios industriales en los que las actividades ocupan total o parcialmente una o más plantas del edificio.

Tipo A horizontal: se da en conjuntos de naves adosadas en los que las edificaciones comparten estructura i/o paredes con las naves vecinas.

 

Las dos configuraciones de naves según Tipo A son las más problemáticas en caso de incendio y por ello la normativa aplicable es más exigente y restrictiva.

– Establecimientos industriales de tipo B

El establecimiento industrial tiene estructura, paredes y cubiertas independientes de los establecimientos contiguos, tanto si las naves son adosadas como si la separación entre ellas es menor de 3 m.

– Establecimientos industriales de tipo C

El establecimiento industrial, además de ocupar totalmente un edificio, está a una distancia de edificaciones de terceros, superior a 3 m. El espacio de separación debe estar libre de elementos que pudiesen propagar un fuego.

 

– Establecimientos industriales de tipo D

El establecimiento industrial ocupa un espacio abierto, que puede estar parcial o totalmente cubierto, pero que dispone de al menos una de las fachadas sin cerramiento lateral, es decir una de las fachadas es totalmente abierta.

 

– Establecimientos industriales de tipo E

El establecimiento industrial ocupa un espacio abierto, que puede estar parcial cubierto hasta un 50%, pero que dispone de al menos una de las fachadas sin cerramiento lateral, es decir una de las fachadas es totalmente abierta.

 

Una vez elegida la nave donde ubicar la actividad, se deberá estudiar qué equipamientos de protección contra incendios requiere para cumplir el RSCIEI, teniendo en cuenta la cantidad de productos combustibles, la peligrosidad de dichos productos y la superficie ocupada.

Si es necesario añadir o rectificar las instalaciones de protección contra incendios, se deberá valorar el coste de la adecuación y acordar quién debe asumirlo, el propietario o la empresa que ejercerá la actividad.

Siendo un aspecto importante en la implantación, OFIPROJET te ofrece el asesoramiento de un técnico calificado y con experiencia para realizar esta elección. Echa un vistazo a nuestra página de servicios para más información.

 

 

Instalación de salidas de humos (chimeneas) en Bares y Restaurantes

Los establecimientos de restauración que disponen de elementos de cocción, están obligados a extraer los humos derivados de la cocción, mediante una instalación compuesta por chimenea y campana extractora.

Los aspectos a tener en cuenta, son los siguientes:

  • El diámetro o sección de la chimenea, deberá ser adecuado a las dimensiones de la campana extractora, los equipos de ventilación y la potencia térmica de los elementos de cocción.
  • Deberá conducir los humos al exterior, sobresaliendo 1 metro por encima de cualquier edificación situada en un radio de 10 m alrededor.
  • Si el recorrido de la chimenea transcurre por huecos arquitectónicos del edificio, próximo a ventanas, etc, se deberán tener en cuenta aspectos como el nivel sonoro emitido o la estabilidad al fuego.
  • Serán necesarios registros en los cambios de dirección o tramos horizontales.
  • El dimensionado del motor de ventilación (potencia, nivel de ruido y comportamiento ante el fuego) dependerá de los puntos anteriores.
  • Si la potencia térmica de los equipos de cocción a los que abastece superan los 20 Kw, será necesario un sistema automático de extinción de incendios en la propia instalación de extracción de humos.

 
Por el coste económico que supone, y por la complejidad de la instalación, OFIPROJET siempre recomienda el asesoramiento de un técnico cualificado y con experiencia en el diseño de una instalación de extracción de humos.

En OFIPROJET te asesoramos en el trámite de todas las licencias de apertura para tu local comercial, bar o restaurante. Echa un vistazo a nuestros servicios: Licencias de Apertura restauración.

¿Cómo afecta el plan de usos de Barcelona a los bares y restaurantes?

La proliferación de establecimientos de restauración en algunas zonas de Barcelona ha llevado a los Distritos a acotar el número de licencias, con el objetivo de equilibrar la oferta de restauración frente a otros usos.

Distritos como Ciutat Vella, Gracià, Sarrià y Eixample disponen de Planes de Usos que regulan las condiciones de emplazamiento de nuevas licencias de establecimientos de restauración.

Será necesario, antes de nada consultar el Plà d’Usos que le afecte y en algunos casos, solicitar un Informe Urbanístico Previo, por el cual, los servicios técnicos del Distrito evaluaran la viabilidad de las nuevas implantaciones.

En algunos casos, la obtención de la licencia estará condicionada al cierre de algún local de restauración de la zona, en otros, será necesario comprobar si la densidad de establecimientos de restauración (nº de establecimientos/superficie) está agotada, mientras que en determinadas áreas de la ciudad, la apertura de nuevos establecimientos de restauración no está permitida.

Por lo tanto, y dado que cabe la posibilidad de que no sea autorizable la apertura de un local en un emplazamiento determinado, OFIPROJET siempre recomienda que antes de comprar o alquilar un local, se realice una visita con un técnico para constatar que el establecimiento cumpla con lo que establece la normativa actual.

En OFIPROJET te asesoramos en el trámite de  todas las licencias de apertura para tu local comercial, bar o restaurante. Echa un vistazo a nuestros servicios:  Licencias de Apertura restauración.

Cómo elegir una nave industrial (I)

En la creación de una nueva empresa, o en el traslado o ampliación de una actividad existente, existen muchos aspectos muy importantes a tener en cuenta.

Para realizar una correcta gestión de la implantación de una actividad empresarial, se requiere la intervención coordinada de asesores expertos en cada uno de los ámbitos.

El empresario ha de transmitir convenientemente todos los detalles y características del funcionamiento del centro de trabajo que quiere implantar, para que su equipo técnico configure la solución más adecuada a sus necesidades.

En referencia al campo de actuación de la ingeniería, el primer paso, y uno de los más importantes, es el de la correcta elección de la nave industrial o del local comercial donde desarrollaremos la actividad.

En las primeras entregas que publicaremos sobre este tema, nos centraremos en una actividad a implantar en nave industrial.

Antes de la compra o alquiler de una nave industrial, es fundamental desde el punto de vista técnico, que sus características constructivas permitan cumplimentar todos los requisitos exigibles por las diferentes normativas de ámbito, local, estatal, autonómico, y europeo que le sean de aplicación.

En el caso bastante habitual de detectarse deficiencias, se debe de analizar si son o no subsanables y, en el caso de que lo sean, determinar si el coste de la adecuación lo ha de asumir el propietario o bien la empresa que ejercerá la actividad.

Uno de los aspectos más importantes a valorar son las condiciones de la nave industrial respecto a la protección contra incendios.

A este tema tan importante es al que le dedicaremos nuestra próxima entrega.

Necesidad de lavabos adaptados en locales comerciales

La obligatoriedad de adecuar los lavabos de un establecimiento comercial para su uso a personas con movilidad reducida suele generar muchas dudas en la implantación de nuevas actividades.

Recientemente se han publicado las TAAC (Taula d’Accessibilitat a les Activitats de Catalunya) que regulan las condiciones de accesibilidad de los lavabos en función de la tipología de actuación y de las obras de acondicionamiento a realizar en la implantación de una actividad.

A nivel de tipos de actuación se definen 3 escenarios distintos:

1. Modificación de una actividad existente (modificación no sustancial de una actividad existente o cambio de titularidad)

2. Cambio de actividad (Nueva licencia)

3. Cambio de uso (Cuando el uso anterior del local era distinto del comercial)

 En relación a las obras a realizar para la implantación de la nueva actividad se definen los siguientes 2 supuestos:

1. No se realizan obras o las obras a realizar no modifican la distribución general del establecimiento ni sus lavabos
2. Se realizan obras que afectan la distribución del local o de sus lavabos

En función de los parámetros anteriores se establece la obligatoriedad de habilitar o no el lavabo a minusválidos: